Los órganos colegiados del Ayuntamiento de Valderrobres son el Pleno y las Comisiones.
El Pleno Municipal.
Es el órgano colegiado fundamental para el gobierno y administración del Municipio, y está integrado por todos los Concejales y presidido por el Alcalde, que es elegido por ellos -o por los vecinos- (arts. 140-CE y 19 y 20-LBRL).
El Pleno es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal.
Algunas de las atribuciones del Pleno son el control y fiscalización de los órganos de gobierno, aprobar el reglamento orgánico, las ordenanzas y demás disposiciones de carácter general que sean de la competencia municipal, aprobar la plantilla de personal y la relación de los puestos de trabajo de la entidad, etc.
Las atribuciones del Pleno se establecen en el artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Las actas de los Plenos celebrados se publican en la página web del Ayuntamiento de Valderrobres una vez aprobadas por el propio órgano. El enlace directo al apartado donde se realiza la publicación es el siguiente: http://www.valderrobres.es/InternetRural/valderrobres/home.nsf/documento/plenos
Comisiones Informativas.
La creación, composición y funciones de las Comisiones Informativas está establecida en el artículo 20 LBRL. Es competencia del Pleno del Ayuntamiento acordar su creación, así como fijar el número de miembros, la denominación y sus funciones.
A continuación se relacionan las comisiones existentes en el Ayuntamiento de Valderrobres:
- Comisión Informativa de Economía, Hacienda y Especial de Cuentas.
- Comisión Informativa de Servicios municipales y Obras.
- Comisión Informativa de Cultura.
- Comisión Informativa de Deportes.
- Comisión Informativa de Caminos, Parques y Jardines.
- Comisión Informativa de Ferias y Fiestas.
- Comisión Informativa de Turismo y Juventud
- Comisión Informativa de Eficiencia Energética.